Impactos ambientales
Mejorar la definición de impactos sobre el medio ambiente
La sostenibilidad no puede limitarse a cumplir una lista parcial de prohibiciones. La ley española debe garantizar que las empresas respeten la integridad del planeta, vinculando la salud de los ecosistemas con los derechos humanos fundamentales.
Limitaciones del texto aprobado
La Directiva actual define los impactos ambientales a través de una lista cerrada de convenios que deja fuera amenazas críticas:
- Definición restrictiva de impacto: La norma vincula los daños ambientales solo al incumplimiento de una lista cerrada de convenios, sin incluir de forma explícita el derecho fundamental a un medio ambiente sano y utilizando términos ambiguos como «mensurable» que dificultan la exigencia de responsabilidades.
- Omisión de acuerdos climáticos clave: El texto aprobado no incluye de forma robusta el Acuerdo de París ni la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, lo que debilita la lucha contra el calentamiento global.
- Protección insuficiente de la biodiversidad: El texto ignora obligaciones críticas para la restauración de ecosistemas degradados y la protección de los recursos hídricos, permitiendo que las empresas obvien su impacto en la pérdida de especies y el agotamiento del agua.
- Limitación ante nuevas formas de contaminación: El texto se centra en sustancias antiguas pero ignora químicos modernos (como los PFAS) que ya están en el punto de mira de la UE y afectan la salud de los ciudadanos.
Recomendación PER
España debe aprovechar la transposición para cerrar las brechas del texto europeo y garantizar una protección ambiental acorde con los tiempos actuales:
Reconocer el derecho a un medio ambiente sano. Incluir explícitamente este derecho en la ley, vinculándolo a la vida, la salud y el acceso al agua potable, eliminando términos ambiguos que dificultan su protección.
Blindaje climático total. Incorporar obligatoriamente el Acuerdo de París y la Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático como normas de obligado cumplimiento. Además, deben integrarse el Protocolo de Montreal y la Convención del Mar para cubrir todas las fuentes de emisiones y el impacto en los océanos.
Protección activa de la biodiversidad. La ley debe obligar a las empresas no solo a evitar daños, sino a colaborar en la restauración de ecosistemas degradados, asegurando la protección del agua (superficial y subterránea) y el uso sostenible de la diversidad biológica.
Garantizar el consentimiento de Pueblos Indígenas. Incluir referencias explícitas a la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, garantizando su derecho a la libre determinación y al Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) en cualquier proyecto ambiental.
Responsabilidad frente a la contaminación moderna. Incluir la responsabilidad sobre sustancias químicas peligrosas y plaguicidas de nueva generación, así como la obligación de minimizar la generación de residuos desde el origen.

