Qué es
La Diligencia Debida en derechos humanos y medioambientales es el proceso por el cual las empresas toman todas las medidas eficaces necesarias para identificar, prevenir, mitigar, rendir cuentas y responder por los impactos negativos, reales o potenciales de sus propias actividades o las de su cadena de valor. Esto es, prevenir los riesgos y asumir responsabilidades en caso de que se produzca una mala práctica que afecte a los derechos de las personas o del medio ambiente.
Así pues, la Debida Diligencia dicta que son las empresas las responsables de implantar las medidas que garanticen el respeto de los derechos humanos y del medio ambiente en el desarrollo de su actividad.
¿Hasta dónde llega la responsabilidad?
La responsabilidad no solo afecta a la empresa, incluye también filiales, subcontratistas, proveedores y otras relaciones económicas, tanto en el país de procedencia como en terceros países.
La diligencia debida debe implementarse en todas las operaciones de la cadena de valor de las empresas. En este contexto, se distinguen dos ámbitos de actividad:
- Actividades en sentido ascendente (upstream): aquellas relacionadas con los procesos previos a la producción o prestación del servicio, tales como el diseño, aprovisionamiento, suministro, fabricación, transporte y almacenamiento de materias primas.
- Actividades en sentido descendente (downstream): aquellas que comprenden la distribución, transporte y almacenamiento del producto final.
De la responsabilidad voluntaria a la obligación legal.
Desde la adopción de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos (UNGP) en 2011, la visión de una actividad empresarial más responsable ha ganado terreno en el ámbito global. Estos principios destacan que todas las empresas tienen la obligación de respetar los derechos humanos, y que los Estados deben garantizar este cumplimiento mediante leyes y medidas efectivas.
En la Unión Europea y otras regiones de influencia, las iniciativas de cumplimiento voluntario se han mostrado insuficientes. Aunque muchas empresas ya adoptaban prácticas de sostenibilidad, la mayoría no llegaba a evaluar el impacto en toda su cadena de valor. En particular, los efectos perjudiciales sobre derechos humanos y medio ambiente suelen producirse en eslabones más alejados de la empresa, como en las operaciones de proveedores secundarios en terceros países. Esto ha llevado a implementar legislaciones vinculantes, como la Directiva europea sobre diligencia debida en materia de sostenabilidad de las empresas (CSDDD), que estandarizan las obligaciones de las empresas, mejorando la claridad y transparencia de sus deberes. Además, la norma se alinea con los objetivos del Acuerdo de París sobre cambio climático, exigiendo a las empresas la adopción de planes de transición climática. En concreto, exige que las empresas desarrollen un Plan de Transición Climática, alineado con el Acuerdo de París, para limitar el calentamiento global y alcanzar la neutralidad climática en 2050.

